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Reforma al reglamento para la presentación, negociación y suscripción de contratos colectivos de trabajo y actas transaccionales


Hacemos un recordatorio del Acuerdo Ministerial No. MDT-2025-056,  emitido por el Ministerio de Trabajo y publicado el 15 de mayo de 2025 en el Registro Oficial No. 39, con el objetivo de reformar el reglamento para la presentación, negociación y suscripción de contratos colectivos de trabajo y actas transaccionales. Esta normativa aplica tanto al sector privado como al sector público.

¿Qué cambia con este acuerdo?


  • Principios claros: Se incorporan principios como buena fe, legalidad, igualdad, primacía de la realidad y ultraactividad, que deben guiar todo proceso de negociación colectiva.


  • Mayor control en el sector público: Las entidades públicas deben presentar informes técnicos y financieros antes de firmar contratos colectivos. Además, el Ministerio de Economía y Finanzas tiene hasta 30 días para emitir su dictamen.


  • Límites de cobertura: Los contratos colectivos no aplican a funcionarios de alto nivel ni a servidores bajo regímenes especiales como la LOSEP o LOEP.


  • Reclamaciones más ágiles: Si no se llega a un acuerdo, los trabajadores pueden presentar una reclamación que será tramitada rápidamente por el Ministerio y, de ser necesario, enviada a un tribunal de conciliación y arbitraje.


  • Participación sindical: Se permite la veeduría sindical en procesos de selección de personal, con voz pero sin voto.


  • Aplicación transitoria: Los procesos de negociación iniciados antes de la publicación del acuerdo seguirán rigiéndose por la normativa anterior.


Este acuerdo busca fortalecer la transparencia, la sostenibilidad financiera y la equidad en los procesos de contratación colectiva en Ecuador. Es fundamental que empleadores, sindicatos y trabajadores conozcan estas nuevas reglas para garantizar procesos justos y ajustados a la ley.


Para mayor información descárguese el Acuerdo Ministerial No. MDT-2025-056, emitido por el Ministerio de Trabajo, te compartimos a continuación:




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