Damos a conocer el Acuerdo Ministerial No. MDT-2024-013 emitido el 19 de enero del 2024 por el Ministerio de Trabajo, en el que se indica las directrices para el registro de los Planes de Igualdad a través de la plataforma digital del Ministerio de Trabajo, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica para impulsar la Economía Violeta y su Reglamento.
El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en Registro Oficial.
PUNTOS IMPORTANTES:
El objeto del presente Acuerdo Ministerial es emitir las directrices para el registro de los Planes de Igualdad a través de la plataforma digital que el Ministerio del Trabajo designe para el efecto, en apego al Anexo uno (1) “Guía Práctica para Diagnósticos y Elaboración de Planes de Igualdad”.
El Acuerdo es de aplicación obligatoria para los empleadores del Sector Privado que mantengan en su nómina cincuenta o más trabajadores, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta y su Reglamento.
Los “Planes de Igualdad “tienen por objeto alcanzar, en una empresa o centro de trabajo, igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, así como lograr la eliminación de la discriminación por razón de género.
El Plan de Igualdad tendrá una vigencia de 4 años contados a partir de la fecha de registro en el Ministerio del Trabajo.
Será responsabilidad del empleador la difusión y socialización del Plan de Igualdad a todo el personal.
El incumplimiento del registro de los "Planes de Igualdad" será causal de sanción de US$200.
A fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición Transitoria Única de la Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta, los Planes de Igualdad se receptarán a partir del 20 de enero de 2024.
Por única ocasión, aquellos empleadores que cuenten a su cargo con una nómina de 50 o más trabajadores, deberán realizar el registro de los “Planes de Igualdad” ante el Ministerio del Trabajo hasta el 31 de julio de 2024; y, una vez concluido este plazo el Ministerio del Trabajo procederá con el proceso de control y sanción correspondiente en caso de evidenciar la omisión del cumplimiento del “Plan de Igualdad”.
Para mayor información descárguese el acuerdo Ministerial No. MDT-2024-013, emitido por el Ministerio de Trabajo:
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