Corte Constitucional elimina incentivos fiscales: ¿Cómo afecta a tu empresa?
- Informativos Globaudit
- 13 oct
- 2 Min. de lectura

Informamos que, mediante las sentencias 51-25-IN/25 y 52-25-IN/25 emitidas el 26 de septiembre de 2025, la Corte Constitucional del Ecuador declaró la inconstitucionalidad de la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional y de la Ley Orgánica de Integridad Pública.Sentencia 51-25-IN/25
Ley derogada: Ley Orgánica de Solidaridad Nacional.
Efecto tributario principal:
Eliminación del incentivo fiscal por donaciones a las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, este beneficio permitía aplicar hasta un 30% de rebaja en el Impuesto a la Renta a contribuyentes que realicen donaciones a estas instituciones.
Impacto:
La Corte declaró la inconstitucionalidad total y con efecto retroactivo de la ley.
Esto significa que no se podrá aplicar el beneficio en ninguna declaración tributaria, ni pasada ni futura.
Empresas y personas naturales que hayan usado este incentivo deberán revisar sus declaraciones para evitar inconsistencias con el SRI.
Sentencia 52-25-IN/25
Ley derogada: Ley Orgánica de Integridad Pública.
Efecto tributario principal:
Eliminación del régimen de remisión tributaria, que permitía condonar:
Intereses
Multas
Recargos
Costas procesales
Cauciones y afianzamientos
Impacto:
La remisión aplicaba a obligaciones generadas hasta el 31 de diciembre de 2024.
Con la sentencia, queda sin efecto hacia el futuro, pero se mantiene excepcionalmente para pagos realizados entre el 26 de julio de 2025 y el día anterior a la publicación de la sentencia en el Registro Oficial.
En esos casos, la remisión se aplicará directamente al capital, sin condonación adicional.
Si estás interesado en conocer las sentencias 51-25-IN/25 y 52-25-IN/25 , te las compartimos a continuación:
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